SAT: cómo vigilará los depósitos en efectivo a partir de 2022

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  • La autoridad fiscal aseguró que no cobrará impuestos por este tipo de ingresos, pero reconoció que en algunos casos específicos, controlará mensualmente los depósitos en efectivo que reciban los contribuyentes en sus cuentas

Red de corresponsales

A través de un comunicado, el Servicio de la Administración Tributaria (SAT) aseguró que no cobrará impuestos a los contribuyentes por los depósitos en efectivo que reciban en sus cuentas bancarias.

“Es falso que el SAT busque cobrar impuestos por depósitos en efectivo realizados en instituciones bancarias. Es importante aclarar que todos aquellos depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros), tandas o préstamos personales no se les vigilará ni cobrará algún tipo de impuesto”, indicó.

Esta aclaración del SAT llega después de que se extendiera cierta preocupación por este tipo de operaciones. En las últimas semanas, te contamos a partir del próximo año, la autoridad fiscal exigirá a las instituciones bancarias enviar informes mensuales sobre los clientes que reciban en sus cuentas depósitos en efectivo superiores a 15,000 pesos. Esta información es real, pero entonces, ¿el SAT vigilará estos ingresos o no? ¿Qué ocurrirá en 2022?

En realidad, el organismo ya obligaba a las instituciones financieras a compartir esa información, tal y como establece la Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 55. Sin embargo, concedía dos opciones para cumplir con este deber: brindar los datos de forma mensual, a más tardar el 10 de cada mes; o hacerlo una vez al año, antes del 15 de febrero.

Con la Miscelánea Fiscal 2022, el gobierno de Andrés Manuel López Obrador modificó ese párrafo para obligar a los bancos a enviar el reporte mensualmente ante el SAT, eliminando así la posibilidad de hacerlo anualmente.

“A efecto de contar con información oportuna que apoye en el ejercicio de las facultades de fiscalización, se propone reformar el artículo 55, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con la finalidad de que la declaración informativa de los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas bancarias a nombre de los contribuyentes en las instituciones del sistema financiero se presente mensualmente, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda la información, en lugar de actualmente”, se lee en el documento de la Miscelánea Fiscal 2022.

Ahora el SAT salió a aclarar el texto y aseguró que los bancos únicamente tendrán que informar de los depósitos en efectivo que reciban personas que estén siendo investigadas.

“La propuesta que se realizó al respecto [en la Miscelánea 2022], gira en torno a que las instituciones financieras otorguen información mensual de aquellos contribuyentes que estén bajo un proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión por parte del SAT. Si se detecta una incongruencia entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información. Esta solicitud se hace para evitar defraudaciones fiscales como las de los Panama Papers o los Pandora Papers”, defendió.

Además, la autoridad fiscal explicó que este tipo de investigaciones se realizan a una parte muy pequeña de los contribuyentes: “De 70 millones solo se revisa a 10 mil al año”. Y en cuanto a los reportes mensuales que deben enviar los bancos sobre los depósitos en efectivo, dijo que será solo en los casos en que el derechohabiente se encuentre en proceso de revisión.

“Cuando estén en proceso de revisión, los bancos estarán obligados a informar al SAT de manera mensual los ingresos en efectivo para una fiscalización más exacta que coadyuve en las auditorías que se estén llevando a cabo. Para ello, los bancos deben informar al SAT antes del día 17 de cada mes. Con esta modificación, se busca agilizar y eficientar las auditorías y por tanto, combatir de forma más expedita la evasión fiscal”, agregó.

Con esto se confirma que el SAT sí aumentará el control sobre los depósitos en efectivo, pero solo en los casos de personas que se encuentren bajo una investigación. En ningún caso se obligará a pagar impuestos por el dinero que intercambien padres e hijos, por el ingreso que se realice con la venta de catálogos, por tandas o préstamos personales.